Con firma de convenio, los colombianos podrán cotizar a pensión desde 14 países

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 Las personas trabajadoras migrantes que a lo largo de su vida hayan prestado servicios en uno o más de los Estados firmantes

Ayer, en el Día del Trabajo, el presidente Gustavo Petro encabezó la firma del acta de aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social, que protege los derechos de trabajadores migrantes y sus familias en 15 países, incluido Colombia.

Con este documento, ahora las personas trabajadoras migrantes que a lo largo de su vida hayan prestado servicios en uno o más de los Estados firmantes, se beneficiarán de las cotizaciones efectuadas en cualquiera de esos territorios. Podrán tener acceso a las prestaciones económicas derivadas de la invalidez, vejez o supervivencia.

El convenio aplicará en los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay, Cuba y México.

“Este es un apoyo y un avance para nuestras reformas que efectivamente que están para poner los derechos de las y los trabajadores y que Colombia transite hacia los estándares internacionales”, puntualizó la Ministra del Trabajo.

El Convenio fue aprobado por la V Conferencia de Ministros y Máximos Responsables de Seguridad Social de los países de Iberoamérica, celebrada en Segovia, España.

“Esto ha sido un avance significativo, la ministra del Trabajo, ha estado muy comprometida con este instrumento porque llevamos más de 10 años, tratando a que se apruebe por el Congreso, luego el control de constitucionalidad y ahora que ya tenemos esos dos requisitos ya es una realidad. A partir de este momento se cuentan tres meses y entrará en vigor en 90 días” aseguró, la secretaria General de la OISS.

Según lo comentó la Cartera de Trabajo, entre los beneficios de esta medida están la igualdad de trato de los trabajadores iberoamericanos con independencia de la nacionalidad cuando trabajen en un país diferente al suyo.

También se establece la totalización de los periodos de cotización acreditados en los distintos Estados; se garantiza la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país; se determina la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios, entre otros.

Eso sí, se aclaró que las legislaciones nacionales sobre seguridad social por sí solas no pueden garantizar ni mejorar la seguridad social y los derechos de pensión de las y los trabajadores migrantes. "Por ello se necesitan normas aplicables en todos los países, que permitan disponer de una protección eficaz y completa de los derechos garantizados por los sistemas reglamentarios de seguridad social".

La Republica.

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